Emisión de certificados de retenciones

Durante el mes de marzo debemos obtener o en su caso emitir y enviar los siguientes certificados:

  • En el caso de que exista arrendamiento de inmuebles urbanos durante el ejercicio, el arrendatario deberá emitir el certificado de Retenciones e Ingresos a cuenta del IRPF y del Impuesto sobre Sociedades para que el arrendador lo tenga en cuenta en su declaración.
  • En el caso de que durante el ejercicio se hayan producido rendimientos de capital mobiliario se deberá emitir el Certificado de Retenciones y Rendimientos.
  • En el caso de una comunidad de Bienes, ésta deberá emitir los certificados de rendimientos a cada uno de los comuneros que forman parte de la Comunidad de Bienes, para que lo tengan en cuenta en su declaración de IRPF.

Castillo Asesores

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